Señor director:
Le agradecería incluir la siguiente denuncia, dirigida a la procuradora social de la Ciudad de México y a la opinión pública, sobre el tráfico de constancias de administrador en la Procuraduría Social (Prosoc). En Chile, estos “asuntos domésticos” crecieron hasta convertirse en un serio problema social. Quizá en México estamos a tiempo de impedir que eso suceda.
Rosa Patricia Gómez Chávez
procuradora social de la Ciudad de México:
Urge poner un alto al tráfico de constancias de administrador en la Procuraduría Social. Quienes suscribimos hemos comprobado que la señora Miriam Medina Pérez solicitó el 7 de septiembre pasado que se le reconozca como administradora del condominio Eugenio Sué 309, con base en documentos apócrifos. Durante una asamblea celebrada el 15 de junio pasado se objetó su nombramiento por las siguientes infracciones a la ley condominal: a) no se ha aprobado la contabilidad del año 2015 porque se niega a exhibir los reportes bancarios de la cuenta del condominio (artículo 43, fracción XII); b) se niega a entregar comprobantes recientes de domicilio y una fianza económica por 10 mil pesos (artículo 38 fracción II).
El pasado 21 de junio pusimos una queja en la Prosoc en Álvaro Obregón, a la que se dio el número 472/ODAO/Q/2016. Un actuario intentó notificarle a Medina Pérez que debía comparecer a una audiencia el 18 de agosto último para contestar la queja, pero fue imposible porque ella nos dio un domicilio falso. Es útil recordar que tras innumerables denuncias por quebrantos patrimoniales se reformó la ley para obligar a los administradores a certificarse ante la Prosoc, adjuntar a sus contratos comprobantes de identidad y domicilio y aportar una fianza.
Para burlar la ley, Medina Pérez y el presidente del comité de vigilancia, Jorge Elías Calles Álvarez, presentaron en la Prosoc un “acta de asamblea” apócrifa. De esa reunión que se celebró supuestamente el 6 de septiembre pasado no existe convocatoria formal ni orden del día ni acuerdos inscritos en el libro de actas. Supuestamente en esa asamblea fabricada no sólo se “refrendó por mayoría” el nombramiento de Medina Pérez, sino que presuntamente se le exentó de cumplir con los requisitos de ley. ¿Con qué derecho? Sería inadmisible que la Prosoc admita documentos postizos sólo porque los avala, para variar, un influyente que es, a la sazón, pariente del Jefe Máximo. Falsear pruebas para inducir a engaño a una autoridad no es una travesura, sino un delito. Exigimos su intervención para evitar que se expida sobre esas bases una constancia con valor jurídico para actuar ante terceros y autoridades judiciales, así como aplicar las sanciones de ley.
Atentamente
Graciela Alcalá Esquivel
(vocal del comité de vigilancia del condominio de Eugenio Sué 309)
Arturo Acuña Borbolla (condómino)








