Señor director:
Le solicito publicar la siguiente carta, a la atención de las siguientes personas:
Señor presidente constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, licenciado Enrique Peña Nieto; C. presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ministro Luis María Aguilar Morales; C. presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, doctor Sergio Javier Medina Peñaloza, y C. presidente del Colegio de Notarios del Estado de México, licenciado Carlos Otero Rodríguez, a quienes hago de su conocimiento los actos de injusticia y corrupción de los que hemos sido víctimas yo y mi hermana.
En junio de 2014 nos percatamos de que el inmueble denominado Cerro Grande, ubicado en el pueblo de Calacoaya, en la avenida Doctor Jiménez Cantú, sin número, del municipio de Atizapán de Zaragoza, en el Estado de México, del cual somos legítimos herederos, se encontraba invadido y unas personas estaban colocando vallas para delimitarlo, por lo que al cuestionar a éstas sobre las razones por las cuales estaban haciendo esto, fuimos informados por quien dijo ser abogado del dueño que esas obras habían sido ordenadas por el ingeniero Mario Roberto Martínez Torres, supuesto nuevo propietario del inmueble.
Al realizar una investigación, pudimos conocer que, efectivamente, en la Notaría 18 del Estado de México, a cargo del licenciado Mauricio Trejo Navarro, se había tramitado a espaldas de nosotros la compraventa del inmueble de referencia, siendo mi hermana y yo los “vendedores”, representados fraudulentamente como apoderado el señor Juan Carlos Vargas Bonilla con el uso de un poder notarial falso, presuntamente otorgado ante la Notaría 28 del Estado de México. Al preguntarle al notario 18 si verificó la autenticidad del poder utilizado por Juan Carlos Vargas Bonilla, manifestó que él no tenía obligación de verificar nada y que hiciéramos lo que quisiéramos, porque él no podía hacer nada.
Ante esta situación, nos vimos precisados a demandar por la vía civil la nulidad en primera instancia del supuesto poder otorgado ante el notario 28 del Estado de México, y como consecuencia de ello la nulidad de la escritura de compraventa por virtud de la cual Juan Carlos Vargas Bonilla y Mario Roberto Martínez Torres nos despojaron del terreno materia de nuestra herencia.
Quedó demostrado en el expediente 714/14 del índice del Juzgado Séptimo de lo Civil en Tlalnepantla, con residencia en Atizapán de Zaragoza, por manifestación expresa del notario 28 del Estado de México, Alfonso Flores García Moreno, que el poder utilizado por Juan Carlos Vargas Bonilla era apócrifo, por lo que, con fecha 17 de abril de 2015, el juez séptimo de lo civil de Tlalnepantla, Juan José Hernández García, con residencia en Atizapán de Zaragoza, Estado de México, dictó sentencia definitiva: decretó la nulidad del poder y consecuentemente de la escritura otorgada con el documento apócrifo.
Juan Carlos Vargas Bonilla y Mario Roberto Martínez Torres apelaron la sentencia de primera instancia; el recurso quedó radicado en la Primera Sala Colegiada Civil de Tlalnepantla, Estado de México, integrada por los magistrados Jesús Contreras Suárez, Cristina Cruz García y Marco Antonio Nava y Navas, bajo el argumento de que no teníamos derecho a reclamar la nulidad de la escritura.
Estas personas se fundan en una supuesta cesión de derechos que exhibieron ¡en copia fotostática simple!, resultando que en el toca 262/2015 correspondiente a este asunto, la ponente Cristina Cruz García, con la complicidad de los otros dos magistrados, por unanimidad de votos determinó revocar la sentencia de primera instancia.
La magistrada basó su resolución en la copia simple de la supuesta cesión de derechos, pasando por alto que el origen de la demanda era la nulidad del poder apócrifo utilizado por Juan Carlos Vargas Bonilla y, como consecuencia, de todos los actos ejecutados con el mismo, absteniéndose incluso de pronunciarse respecto a la nulidad de este poder falso en la sentencia de segunda instancia, de fecha 16 de junio de 2015, no obstante ser el origen del juicio y motivo de la sentencia apelada.
Por el propio personal de la Sala en donde se resolvió la apelación tuve conocimiento de que a este caso le habían “metido mucho dinero para ganarlo”, aun cuando la sentencia dictada es totalmente contraria a derecho.
Actualmente nos encontramos en el trámite del amparo directo ante el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Distrito, donde esperamos que la corrupción no pueda alcanzar a los servidores públicos y se haga justicia para que no seamos despojados de la herencia que nos dejó nuestro padre, por lo que mucho agradeceremos a las autoridades señaladas al principio de la presente que, en el ámbito de sus competencias, verifiquen la actuación de la Sala mencionada e intervengan para vigilar el estricto cumplimiento de la ley en lo que falta del procedimiento.
Atentamente
Sergio Román Rodríguez Gaona








