Mientras el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos se afana en transparentar el ejercicio del gobierno, algunas dependencias insisten en ponerle candados. En ocasiones lo hacen para ocultar alianzas, disfrazar morosidad hacendaria o desfalcos –es el caso del Servicio de Administración Tributaria para beneficiar al duopolio televisivo–, o bien aducen motivos de “seguridad nacional”, como lo hizo recientemente el gobernador del Banco de México, Agustín Carstens, quien le pidió al Senado autorización para impugnar las resoluciones del instituto.
A petición expresa del gobernador del Banco de México (Banxico), Agustín Carstens, las comisiones dictaminadoras de la reforma constitucional en materia de acceso a la información y transparencia en el Senado incorporaron un candado más para que el organismo financiero pueda impugnar resoluciones del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI), al igual que la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República.
Durante una reunión privada con la bancada del PAN el 3 de octubre pasado, Carstens hizo la solicitud. Según él, si se obliga al organismo crediticio a transparentar las decisiones existe el riesgo de afectar la estabilidad económica y la seguridad nacional.
Sin consultar a los organismos especializados en acceso a la información y con la oposición expresa de los comisionados del IFAI, los senadores de las comisiones de Gobernación, Puntos Constitucionales, Estudios Legislativos Primera y Anticorrupción aprobaron un dictamen con añadidos a la fracción VIII del artículo 6 constitucional:
“Las resoluciones del organismo garante son vinculatorias, definitivas e inatacables para los sujetos obligados. El Consejero Jurídico del gobierno podrá interponer recurso de revisión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación en los términos que establezca la ley, sólo en caso que dichas resoluciones puedan poner en peligro la seguridad nacional conforme a la ley en la materia.
“Asimismo, el Banco de México podrá interponer dicho recurso en los casos en que las referidas resoluciones puedan afectar el mandato que le confiere el artículo 28 de esta Constitución.”
Esta adición podría atorar aún más la reforma constitucional –el Senado, la cámara de origen, la aprobó el 20 de diciembre de 2012 y la de Diputados lo hizo el 23 de agosto pasado, tras algunas modificaciones–, pues ha generado una severa crítica entre los legisladores del PAN.
El senador Javier Corral, por ejemplo, consideró como un “despropósito” que el Banxico pueda impugnar las resoluciones del IFAI, mientras que el perredista Alejandro Encinas manifestó su desacuerdo con la propuesta de Carstens porque, dijo, le permite a la Conserjería Jurídica de Los Pinos negar acceso a la información pública bajo el argumento de la seguridad nacional.
Por su parte, el comisionado presidente del IFAI, Gerardo Laveaga, advirtió desde la discusión en la Cámara de Diputados que agregarle este tipo de candados abría la posibilidad de que las resoluciones del instituto fueran impugnadas lo mismo por la PGR que por el Banco de México u otro organismo autónomo como la CNDH.
“Esto provocaría la judicialización de un derecho fundamental que, hasta ahora, se ha ejercido en México en forma gratuita, pronta y expedita, y que ha colocado a nuestro país como referencia mundial en la materia”, subrayó el IFAI el 20 de agosto último en un comunicado.
En protesta por los cambios adoptados en octubre por las comisiones del Senado, las organizaciones no gubernamentales Fundar y México Infórmate advirtieron que “estas nuevas previsiones no son necesarias en la reforma constitucional porque el órgano especializado en materia de transparencia debe ser la última instancia en la materia”.
Y añadieron: “Las reservas a la información sensible que posea el Banco de México, por las importantes funciones que realiza, pueden sostenerse mediante el procedimiento establecido de prueba de daño, con el que se confirma que difundir cierta información puede causar perjuicio mayor que el beneficio del interés público de conocerla”.
Ambas organizaciones especializadas en transparencia y acceso a la información exhortaron al Senado a concluir el proceso de reforma constitucional, atorado desde hace casi un año, en medio de la crisis en el IFAI y las presiones para incorporar candados de opacidad.
La decisión de las comisiones del Senado ocurrió en el contexto de un nuevo diferendo del instituto con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), que se niega a dar a conocer la lista de las empresas a las que se les condonaron créditos fiscales superiores a los 74 mil millones de pesos entre 2007 y 2013, argumentando que se trata de datos protegidos por el secreto fiscal. El SAT mantiene reservada esta información hasta por 12 años.
La comisionada María Elena Pérez Jaén respondió el pasado 29 de octubre que la reserva de información del SAT es improcedente por las siguientes razones:
“–La condonación es un gasto fiscal que comprende, en términos generales, los montos que deja de recaudar el Estado, por lo que constituye una transferencia de recursos públicos en sentido negativo; que también es un beneficio a favor del contribuyente; que implica un gasto público, y que como tal debe reportarse.
“–La decisión de condonar un crédito fiscal no involucra únicamente al Servicio de Administración Tributaria y a la persona que se le condona el adeudo, sino a toda la sociedad, en tanto que por disposición constitucional, todos los mexicanos están obligados a contribuir al gasto público de manera proporcional y equitativa.”
Entre las empresas beneficiadas en los últimos seis años destacan las dos grandes televisoras, Grupo Televisa y TV Azteca, así como la cadena Walmart y otros grandes consorcios. Apenas este año se generó un escándalo cuando se confirmó que el SAT condonó un adeudo fiscal de 3 mil 300 millones de pesos a Grupo Televisa de 2003 a 2007.
En previsión de que el SAT otorgue los datos específicos de los “perdones” fiscales, los abogados de Televisa y TV Azteca promueven al menos nueve demandas de amparo en tribunales federales y capitalinos, argumentando que la Unidad de Enlace del SAT no les notificó las solicitudes de acceso a la información, según la nota de Alfredo Méndez y Ciro Pérez publicada en La Jornada el pasado 30 de octubre.
Opacidad para Banxico
De acuerdo con el dictamen de las comisiones del Senado, la posibilidad de que el Banxico pueda negar acceso a la información se justifica porque ese organismo “requiere controles precisos en torno a la información que posee en aras de cumplir su misión constitucional, ya que en la medida en que la información sensible de este órgano autónomo pudiera transferirse a otras instancias en aras de la máxima publicidad, como resultado de una resolución del órgano garante que se propone crear con carácter también de autónomo, se incrementa el riesgo de que dicha información pueda ser divulgada de manera inadecuada”.
Los senadores describen como información “sensible” aquella relacionada con la materia de política monetaria y cambiaria; la administración de reservas de activos internacionales; las finanzas, y la emisión y circulación de moneda nacional.
En política monetaria y cambiaria consideran que “revelar esta información de manera anticipada podría ocasionar decisiones prematuras de inversionistas o agentes económicos que, en última instancia, podrían derivar en serias afectaciones a la economía”.
De todas maneras, según comenta un asesor del Senado que pide omitir su nombre, “los grandes empresarios sacan dólares del país con información privilegiada que les da el propio Banco de México”.
Sobre la administración de las reservas, los senadores afirman que “si se llegan a conocer aspectos particulares sobre esta materia, las instituciones financieras con las que el Banxico lleva a cabo inversiones podrían tomar ventaja de dicha información, ante lo cual se podrían elevar los costos de transacción para el Banxico o reducir las oportunidades de inversión de dichos activos”.
En otras palabras, se trata de cuidar el dinero de los inversionistas, aducen otros expertos consultados por Proceso.
Respecto de la información financiera, el dictamen considera que “su divulgación indebida puede ocasionar peligro en la seguridad de los particulares o en la conducción de las propias instituciones y es menester protegerlas bajo las normas de los secretos bancario, financiero e industrial”.
Y en materia de emisión y circulación de la moneda nacional, de acuerdo con los senadores, “toda la información concerniente a la logística de producción y circulación de la moneda nacional tiene implicaciones de seguridad nacional. Ante esto, la información sobre las características del material utilizado en la elaboración de los billetes y monedas y la logística para su distribución en el país, como rutas y cronogramas de traslado del circulante, debe ser conservada en la mayor reserva”.
Hasta ahora, según la base de datos del IFAI, nadie ha solicitado tener acceso a la información sobre las características y las rutas de distribución de los billetes mexicanos.
Las razones de la opacidad en la información del Banxico no están relacionadas con la producción de los billetes o la estabilidad financiera, sino con datos altamente sensibles que no se han confirmado oficialmente.
De manera extraoficial se maneja que la cartera vencida del país ha llegado a su monto máximo en los últimos 10 años, sólo por debajo de la que tuvo lugar antes de la crisis de 1994.
En días pasados, el Banxico recortó su tasa de interés de referencia a 3.5%, como una respuesta a los índices de la desaceleración económica registrada en los últimos meses.
“#SATHazmeUnParo”
En paralelo, el debate entre el SAT y el IFAI por la lista de las empresas que han recibido condonaciones fiscales en los últimos seis años por más de 74 mil millones de pesos revivió el episodio del 11 de mayo último, cuando en las redes sociales se divulgó el hashtag #SATHazmeUnParo, en referencia a la condonación de 3 mil 300 millones de pesos a Grupo Televisa por deudas acumuladas a cambio de una renegociación del pago de 10% de sus créditos fiscales.
Desde el 13 de diciembre de 2012, en el Senado, la legisladora Dolores Padierna advirtió que el artículo tercero transitorio de la Ley de Ingresos para este año traía dedicatoria a favor de alguno de los grandes grupos empresariales. Tal artículo estipulaba que se podía condonar hasta 80% de créditos fiscales incobrables, a cambio del desistimiento de los juicios.
El subsecretario de Ingresos Miguel Messmacher, y el titular del SAT, Aristóteles Núñez, afirmaron que este artículo transitorio estaba orientado a incentivar el pago de créditos fiscales anteriores a 2007 y crear “un esquema de regularización” y no a beneficiar a ningún gran grupo empresarial.
Grupo Televisa confirmó, cinco meses después, que ese ordenamiento lo benefició. En su informe ante la Bolsa Mexicana de Valores, la empresa de Azcárraga Jean reportó que desde el 15 de abril “con el consentimiento del Servicio de Administración Tributaria”, la empresa presentó ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa un desistimiento al juicio de nulidad y realizó un pago de 343 millones 254 mil pesos, equivalentes a 10% de un crédito fiscal por 3 mil 334 millones 960 mil pesos que el consorcio adeudaba al SAT por deducciones erróneas en el pago del Impuesto sobre la Renta. En otras palabras, le perdonaron 90% y no 80%.
En un comunicado, el SAT informó que esta condonación era resultado del programa “Ponte al Corriente”, a través del cual los deudores pueden acceder a la condonación total o parcial de adeudos fiscales causados antes del 1 de enero de 2007.
El SAT informó que gracias a este programa cerca de 27 mil contribuyentes se acogieron y se obtuvo un pago “superior a los 11 mil millones de pesos”. El programa concluyó el 31 de mayo.
Ahora, el SAT puso un candado de 12 años a toda la información por concepto de deudas y atrasos en el pago de impuestos, entre 2007 y 2013, argumentando que se trata de “datos de contribuyentes protegidos por el secreto fiscal, el cual obliga a los servidores públicos del organismo a guardar absoluta reserva de las declaraciones y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como de los obtenidos en el ejercicio de sus facultades de comprobación”.
El pleno del IFAI respaldó la resolución de la comisionada María Elena Pérez Jaén, quien argumentó que no se puede reservar información que equivale a “una transferencia de recursos públicos en sentido negativo”, ya que son montos que no ingresan a las arcas de la Secretaría de Hacienda.
El IFAI recordó la sentencia dictada por la juez Quinto del Distrito al resolver un juicio de amparo en materia de secreto fiscal:
“El secreto fiscal no protege la información que tiene que ver con la cancelación de créditos fiscales, porque éstos son necesarias contribuciones que deja de percibir el Estado y que debería percibirlas… de allí que estos datos no estén protegidos por el secreto fiscal, pues los gobernados están interesados en conocer a quienes les cancelaron sus obligaciones tributarias.”
Pérez Jaén propuso revocar la clasificación e instruyó al SAT a entregar el listado de las condonaciones fiscales realizadas durante los últimos seis años a personas físicas y morales.
En previsión de que el SAT dé a conocer esta información que se ha convertido en uno de los secretos mejor guardados, tanto Grupo Televisa como TV Azteca ya promueven amparos en distritos de materia administrativa federales responsabilizando al IFAI o al SAT de no haberles notificado las solicitudes de acceso a la información relacionada con la condonación de sus deudas fiscales.








