Los tres primeros contratos incentivados para la explotación de crudo por 25 años en las áreas tabasqueñas de Carrizo, Santuario y Magallanes –firmados el año pasado por Pemex con la trasnacional británica Petrofac y con la estadunidense Schlumberger– están en litigio jurídico ante una resolución favorable al amparo colectivo promovido por unos 2 mil ciudadanos de las regiones afectadas.
La decisión del Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo, con sede en Villahermosa, frente a la queja 79/2011 sienta un precedente porque es el primer amparo colectivo que se otorga en materia de contratos incentivados con Pemex, a raíz de la reforma que en 2010 se hizo al artículo 17 de la Constitución reconociendo el derecho de grupos de ciudadanos a impugnar, mediante acciones colectivas, la afectación al patrimonio público, entre otras materias.
El amparo afecta el acuerdo CA-130/2010, aprobado por el Consejo de Administración de Pemex el 24 de noviembre de 2010, en el que se autorizan “los contratos de servicios para la evaluación, desarrollo y producción de hidrocarburos en las áreas de Magallanes, Carrizo y Santuario, de la Región Sur”, correspondiente a Tabasco.
En esa sesión, el único integrante del Consejo de Administración que votó contra dicha autorización fue el consejero profesional Rogelio Gasca Neri, mediante un voto razonado.
En el documento del Consejo de Administración de Pemex, cuya copia obtuvo Proceso, se reservan hasta tres años los anexos que detallan el contrato con las trasnacionales petroleras. El argumento: que estos anexos “reflejan parámetros y otras decisiones estratégicas para garantizar las mejores condiciones en beneficio de la empresa”.
El 18 de agosto de 2011 Pemex licitó los primeros contratos incentivados con petroleras trasnacionales, como la británica Petrofac, para los campos maduros de Magallanes y Santuario. La mexicana Administradora en Proyectos de Campo (APC), con sede en Monterrey, se llevó el tercero, ubicado en Carrizo.
Pero tras confirmarse que APC no iba a explotar el yacimiento de Carrizo, le dieron la licitación a la estadunidense Schlumberger. En ella participa como accionista Adrián Lajous Vargas, quien fue director de Pemex en la administración de Ernesto Zedillo.
A pesar de las reservas de acceso a la información, los asesores jurídicos que impulsaron el amparo colectivo –René Sánchez Galindo, asesor de la bancada del PT en la Cámara de Diputados; Bernardo Bátiz, exprocurador de Justicia del Distrito Federal, y el diputado federal petista Jaime Cárdenas– lograron documentar que la fórmula para la remuneración de los contratistas es inconstitucional porque “representa un porcentaje directo del precio de las ventas” del crudo.
En la demanda de amparo se puntualiza que el ajuste semestral de la tarifa que contiene la fórmula representa “un comportamiento equivalente al precio del petróleo; por tanto, se trata de una tarifa que constituye un porcentaje del valor de las ventas del crudo”.
En el documento de Pemex Exploración y Producción, Contratos Integrales EP: Modelo Económico, presentado el 7 de abril de 2011 en Buenos Aires –disponible en el sitio www.pemex.com/contratos–, se asienta: “Cada seis meses se aplicará un mecanismo de ajuste contra los efectos de la inflación. El índice refleja variaciones en el costo de la industria”.
Contratos anticonstitucionales
En la demanda de amparo, encabezada por José Guillermo Medina Álvarez, Guillermo Espinosa Trejo, Israel Trujillo López y otros cientos de ciudadanos de Tabasco, se argumenta que la adjudicación de los contratos de servicios para la evaluación, desarrollo y producción de hidrocarburos en las áreas de Magallanes, Carrizo y Santuario es inconstitucional por las siguientes razones:
“Primero. La fórmula para la remuneración de los contratistas es inconstitucional porque representa un porcentaje directo del precio de las ventas.
“El anexo 3 de cada uno de los modelos de contrato impugnados contiene esquemas de remuneración para calcular el pago a los contratistas. Como la forma de pago se incluye en los términos y condiciones que no se podrán modificar, descritos en el capítulo de antecedentes, estos esquemas de pago resultan incluidos en los contratos.
“La fórmula de remuneración incluye un factor de ajuste a la tarifa sobre la base de la actualización inflacionaria que determina el monto de la tarifa por barril en el tiempo.
“El ajuste semestral de la tarifa que contiene la fórmula representa un comportamiento equivalente al precio del petróleo; por tanto, se trata de una tarifa que constituye un porcentaje del valor de las ventas del crudo.”
La Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció en la controversia constitucional 97/2009 –promovida por todos los partidos políticos de la Cámara de Diputados contra el Reglamento de la Ley de Petróleos Mexicanos– que en la firma de sus contratos, Pemex no debe establecer fórmulas o esquemas que correlacionen el precio del crudo y la remuneración del contratista teniendo como resultado que el pago de los servicios “sea una proporción de la renta petrolera”.
Los ministros también determinaron que Pemex no puede establecer “fórmulas o esquemas de remuneración que tengan como único límite el valor de la producción después del pago de impuestos en función del precio del crudo en el mercado internacional”; tampoco estos contratos pueden ser similares a las distintas modalidades de los contratos de riesgo ni establecer mecanismos de remuneración que contengan “mecanismos sujetos a circunstancias futuras que pretendan revertir la asignación de rendimientos de la renta petrolera a los contratistas”.
Después de estos lineamientos estipulados por la Suprema Corte, la diputada federal perredista Laura Itzel Castillo, presidenta de la Comisión de Energía, impugnó la constitucionalidad del acuerdo del Consejo de Administración de Pemex, del 24 de noviembre de 2010. Por mayoría de siete votos contra cuatro el pleno de ministros de la Suprema Corte decidió no entrar al fondo del asunto.
Unos 3 mil millones de pesos
René Sánchez Galindo, asesor jurídico de los demandantes, explicó a Proceso que el 12 de abril de 2011, cinco meses después del acuerdo del Consejo de Administración, la paraestatal mexicana explicó a las trasnacionales petroleras, en su “modelo económico de costos”, cómo sería el esquema de remuneración.
“Si tomamos como base la tarifa del ejemplo que desarrolla esa presentación (45 dólares) y consideramos que las empresas petroleras mantienen la producción actual, de 13 mil 600 barriles diarios, y el dólar a 12.7 pesos, estamos hablando de que tan sólo en 2012 obtendrían pagos por 2 mil 800 millones de pesos”, explicó Sánchez Galindo.
El proceso de licitación de contratos incentivados con petroleras privadas –que no se realizaba desde la expropiación de 1938– fue liderado por Pemex Exploración y Perforación (PEP), y en él calificaron 17 compañías mexicanas y de otros países.
La británica Petrofac, una trasnacional con 14 mil empleados y presencia en 27 naciones, ganó la licitación para explotar las zonas de Santuario y Magallanes al ofertar 5.01 dólares por barril de petróleo extraído. En Magallanes existen 775 pozos explotados y en Santuario hay 221. La estadunidense Dowell Schlumberger obtuvo el segundo sitio, al ofertar un precio ligeramente mayor al de Petrofac, pero se quedó con la zona del Carrizo, cuya licitación ganó originalmente la fantasmal empresa regiomontana APC. El Carrizo tiene 43 pozos explotados.
La superficie total de las tres áreas licitadas es de 312 kilómetros cuadrados, con una reserva total de 207 mil millones de barriles de petróleo crudo equivalente y una producción actual de casi 14 mil barriles diarios.
Al darse a conocer los resultados, el director general de PEP, Carlos Morales, aseguró que en el subsuelo de esa región “hay una cantidad muy importante de hidrocarburos que hoy en día benefician de manera muy parcial a los dueños de este recurso, los mexicanos. Pero con estos contratos que hoy iniciamos estamos seguros de que vamos a poder incrementar de manera sustancial la recuperación de esas reservas”.
Contra la sentencia de amparo ganada por la acción colectiva, Petrofac interpuso un recurso de revisión. Sus argumentos son muy similares a los que manejan la Secretaría de Energía y Pemex para justificar los “contratos incentivados”.








