Instrumento jurídico de la guerra contra el narcotráfico, la figura del arraigo ha resultado prácticamente ineficaz para la administración calderonista pues hasta la fecha la Procuraduría General de la República (PGR) sólo ha podido consignar ante juzgados federales a 3% de las personas presuntamente vinculadas con el crimen organizado.
De junio de 2008 a octubre de 2011, 6 mil 562 personas estuvieron en centros de arraigo de la dependencia entre 40 y 80 días mientras se investigaba si tenían nexos o no con las bandas delincuenciales. Al final sólo 212 recibieron sentencia condenatoria.
Por lo que atañe a las personas detenidas por elementos de las Fuerzas Armadas –7 mil 591por efectivo de la Secretaría de la Defensa Nacional y mil 84 por elementos de la Marina–, los jueces especializados en cateos, arraigo e intervención de comunicaciones aprobaron la medida cautelar en mil 391casos; del resto no se sabe nada.
Los datos anteriores forman parte de una investigación de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH), organización que ha documentado violaciones a garantías individuales de casi 300 personas que han estado bajo arraigo en casos en los que ha participado personal de las Fuerzas Armadas.
Coordinados por Sergio Méndez Silva y los abogados Silvia Vázquez, Octavio Amezcua y Silvano Cantú, todos ellos de la organización, emitirán un nuevo informe sobre el arraigo, figura que incluso fue reprobada por la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), Navi Pillay, durante su visita de agosto pasado a México; al mes siguiente el relator especial para México de la CIDH, Rodrigo Escobar Gil, denunció que el gobierno calderonista no le permitió ingresar al Centro Nacional de Arraigos.
Los abogados de la CMDPDH comparten a Proceso los resultados preliminares de sus indagaciones que en breve presentarán ante el Parlamento Europeo y ante la CIDH. Para ellos, “el arraigo ha generado un clima de impunidad; no sólo es una medida que afecta los derechos humanos, sino que pretende tapar la ineficacia en la investigación. Al final –dicen– lo que se hace es fabricar culpables y para ello se recurre a la tortura”.
Sostienen también que el “vínculo casi indisoluble” entre el arraigo y la tortura fue evidenciado desde 2009 por el Subcomité para Prevención de la Tortura de la ONU, luego de que, tras revisar los exámenes médicos de 70 personas arraigadas por la PGR, sus investigadores detectaron que en la mitad de los casos había “signos de violencia”.
Además, las pruebas obtenidas durante los arraigos –que las autoridades no pudieron robustecer durante los procesos penales– provocan que la mayoría de los detenidos recuperen su libertad. Y citan como ejemplo el michoacanazo de 2009, en el cual la PGR no pudo demostrar los presuntos nexos de los alcaldes y colaboradores del gobierno de Leonel Godoy con el narcotráfico.
Para Silvano Cantú, lo más escandaloso es que la mayoría de los arraigos a partir de 2008 fueron hechos por juzgados ilegales: “La reforma constitucional de ese año refiere la existencia de jueces de control y jueces de garantía que van a emitir estas órdenes cautelares (cateos, arraigos e intervención de comunicaciones) y vigilar que se respeten los derechos humanos de las personas privada de libertad, pero los artículos transitorios de la misma reforma fijan la entrada en vigor de estos jueces a partir de 2016”.
Figura inoperante
La prisa por operar la figura del arraigo –“única en el mundo, una especie de pena preprocesal”, apunta Cantú – llevó al Consejo de la Judicatura Federal a crear seis juzgados especializados a través de un acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, que comenzaron a funcionar en enero de 2009.
No obstante, el abogado aclara que “el Consejo de la Judicatura no tiene atribuciones constitucionales para crear juzgados en materias distintas a las ya existentes”. Dice que a todas estas irregularidades se suma la actuación de las Fuerzas Armadas en detenciones “en las que no hay claridad de cuáles son sus atribuciones para realizarlas”.
Resulta peor aún que una vez que se decreta el arraigo no existe ningún recurso para combatirlo, sostiene su colega Sergio Méndez: Y expone: “El amparo no procede porque el Ministerio Público y los propios jueces juegan con los tiempos procesales y para colmo el dictamen de la nueva ley de amparo que aprobó el Senado, y que ahora está a disposición de la Cámara de Diputados, considera improcedente el amparo cuando se impugnan normas constitucionales, entre ella el amparo”.
Octavio Amezcua agrega: “En los juicios de amparo que hemos seguido, impugnamos desde la detención porque en los casos que llevamos no hay órdenes judiciales ni flagrancia, por lo que no hay elementos que justifiquen el arraigo, pero se deja pasar el tiempo de manera que el ministerio público cambia la situación jurídica del arraigado por el de indiciado, y en ese momento el juez sobresee el juicio”.
Detalla que la mayoría de los asuntos documentados por la CMDPDH corresponde a policías municipales o ministeriales detenidos en Tabasco, Hidalgo, Baja California y Michoacán.
“Las autoridades federales y el Ejército se han ensañado particularmente con policías locales en su afán de imponer la imagen de mano dura de las Fuerzas Armadas y desprestigiar a las civiles; el caso más emblemático que llevamos es el de la detención masiva de 150 policías municipales de Pachuca en 2009; el problema es la forma en que se están llevando a cabo estas detenciones y la debilidad de las pruebas que presenta la PGR contra los involucrados”, comenta Amezcua.
La inoperancia del amparo en casos de arraigo consta en los informes que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha enviado a la organización. Así, por ejemplo, del 5 de enero de 2009 al 13 de octubre de 2011, juzgados federales negaron 310 solicitudes de amparo contra órdenes de arraigo y sólo concedieron 14.
Silvia Vázquez, oriunda de Tijuana, apunta: “Los jueces no dan seguimiento a la serie de violaciones a derechos humanos que nosotros hemos registrado como una constante: después de la detención arbitraria, viene la desaparición forzada por 96 horas en promedio, tiempo en el que no se le informa a los familiares a dónde se envía al detenido. A ello se debe que algunos terminen en alguna instalación militar; la mayoría de los detenidos son torturados o coaccionados para que se autoinculpen e involucren a otras personas en delitos contra la salud o delincuencia organizada”.
De forma invariable, continúa, a los arraigados se les consigna ante jueces “que avalan todas las irregularidades”; incluso liberan órdenes de formal prisión contra ellos y la mayoría son enviados a cárceles de máxima seguridad.
Relata que en 2010 tuvo que exiliarse de esa ciudad fronteriza tras sufrir amenazas de muerte por defender a 25 expolicías municipales detenidos y torturados por militares en las instalaciones del 28 Batallón de Infantería, donde permanecieron 40 días, según consta en la recomendación 87/2011de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
En ese caso estuvo implicado el entonces titular de la Secretaría de Seguridad Pública de Tijuana Julián Leyzaola, quien hoy ocupa un cargo similar en Ciudad Juárez. El documento del ómbudsman nacional Raúl Plascencia Villanueva documentó la tortura a que fueron sometidos los detenidos, así como el hostigamiento a su defensora, Blanca Mesina.
Desde 2008 a 2011, la CNDH ha emitido varias recomendaciones relacionadas con denuncias formuladas por personas que han sido sometidas a arraigo; además, el organismo recibió 405 quejas por violaciones a derechos humanos contra personas en situación de arraigo por delitos federales en ese mismo periodo.
De los ómbudsman del país, sólo el del Distrito Federal, Luis González Placencia, se ha pronunciado de manera abierta por la abolición del arraigo. En la recomendación 2/2011, emitida en mayo del año pasado, planteó al entonces procurador Miguel Mancera Espinosa (hoy aspirante a la jefatura de gobierno) y al presidente del Tribunal Superior de Justicia del DF, Édgar Elías Azar, tomar las medidas necesarias para ordenar a sus subalternos no solicitar más arraigos, al primero, e instruir entre los jueces y los integrantes de la judicatura no otorgarlos, al segundo.
El visitador de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, Mario Patrón Sánchez, dice que “tiene listas dos iniciativas que presentará a la Asamblea Legislativa: una para abolir la figura del arraigo del Código de Procedimientos Penales y otra para eliminar la Ley contra la Delincuencia Organizada, lesiva también para los derechos humanos”.
Los abogados de la CMDPDH intentan llevar uno o varios casos ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos para solicitar su intervención a fin de que se pronuncie contra el arraigo porque, insisten, es contrario a los tratados internacionales.








