Partidero

A continuación, carta textual de inconformidad enviada a esta columna por el agente del Ministerio Público Fidel Gómez Castillo: Estimado fcobián, antes que nada un cordial saludo, y en uso de mi derecho de replica en relación a la nota publicada por usted en fecha tres de diciembre de 2011 en la revista Proceso Jalisco, en la cual señala que con fecha diecisiete de noviembre del año en curso, donde según su nota tres personas resultaron lesionadas sobre la avenida López Mateos a un costado del centro comercial denominado plaza del sol, esto a causa de un accidente vial ocasionado por la conductora de un vehículo marca honda, civic, color blanco, con placas del Distrito Federal 549-RGW, sólo para hacer de su conocimiento que ciertamente sucedió dicho accidente, y que estoy adscrito a la agencia A especial para detenidos y no adscrito al puesto de socorro de las Águilas, como usted lo afirma, en consecuencia no pude retrasar en ningún momento la prueba de alcoholemia a la inculpada como usted lo afirma… asimismo lo más extraño de todo es que no soy médico perito para determinar si las personas lesionadas ameritaban o no hospitalización, ya que solamente determino la situación legal del inculpado con la finalidad de proteger los intereses de las partes ofendidas y de la sociedad… de igual manera sólo para hacer de su conocimiento dicha averiguación previa fue consignada con una persona en calidad de detenida ante el Juzgado Décimo Tercero de lo penal, en fecha diecinueve de noviembre del año en curso, con tres agravantes con titulo de culpa grave, y consignada por el de la voz. Siendo de nueva cuenta una mentira que dicha persona inculpada quedó en libertad como usted lo afirma. En consecuencia es lamentable que una revista de renombre publique notas sin la mínima investigación y únicamente con la finalidad de vender nota amarillista sin fundamento alguno.

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Ofrezco una disculpa por dos imprecisiones: señalar al licenciado Gómez Castillo como adscrito al puesto de socorro Las Águilas y no a la Agencia Especial para Detenidos ubicada en la Procuraduría de Justicia y, consecuentemente, por no haber sido él, sino el o la agente ministerial que llevó a cabo las primeras actuaciones y a quien correspondió solicitar el examen de la alcoholemia que, a decir de amigos y familiares de los heridos, no la ordenó de inmediato, como lo establece la ley, sino seis horas después, cuando el metabolismo de la inculpada –quien, a 110 kilómetros por hora, chocó por detrás a un auto mientras hacía un “alto” en el semáforo– ya había evolucionado sustancialmente, afirman testigos, amigos y familiares de los heridos. Lo que sí competía a Gómez Castillo era corregir los errores, voluntarios o involuntarios, de quien lo precedió en el asunto para que la presunta responsable, cuyo nombre desconocen los afectados, no fuera liberada por el Juzgado 13, que se basó en las actuaciones ministeriales. Yo no escribí una mentira –como el agente lo señala– cuando digo que la conductora quedó libre rápido, en tanto la doctora que resultó lesionada de gravedad y que nadie quiso ver (Dafne Herrera) lleva seis semanas en cama. Y cosa rara: el agente especial consignó sin que declararan los lesionados. Lo único que hizo al día siguiente fue llamar por teléfono a Dafne para que buscara a sus compañeros lesionados para que fueran a declarar. Me pregunto si lo conducente en este caso de inmovilidad de la más afectada no era ir a tomarle la declaración donde estuviera. Y las víctimas se preguntan: “¿Por qué este MP no ha integrado al expediente nuestras declaraciones?”. Ahora bien, ¿por qué sí actuó en “estricto apego” a los derechos de la detenida y no de los lesionados, hijos, consortes o padres de un don nadie? l
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