Acerca de El paraíso de los contratos chuecos De ADT Petroservicios

Señor director:

En Proceso 1814, del 7 de agosto de 2011, se publicó la nota El paraíso de los contratos chuecos, firmada por Ricardo Ravelo, donde se alude a la empresa ADT Petroservicios, S.A. de C.V. Deseo aclarar que todas las afirmaciones  respecto a la misma son falsas, por lo que le solicito difundir las siguientes aclaraciones por su prestigiado medio.

–Asegura que “mediante la influencia de Morales Galicia”, mi representada “logró en junio último la adjudicación de las licitaciones 53218575008-544-11, por 69 millones 986 mil 229.19 pesos; 18575008-536-11, por 74 millones 702 mil 971.55 pesos, y 18575008-532-11, por 70 millones 180 mil 262 pesos”. Las licitaciones referidas fueron publicadas por Pemex Exploración y Producción, por lo que una vez que dicha entidad realizó la evaluación de las proposiciones, adjudicó los contratos a mi representada con las proposiciones que resultaron solventes, conforme a los criterios de adjudicación establecidos en las bases de licitación, y cumpliendo con las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por Pemex Exploración y Producción. A su vez, mi representada garantizó el cumplimiento de las obligaciones respectivas.

–La empresa que represento en ningún momento ha tenido relación alguna con “Juan Manuel Morales Galicia”, ni ha obtenido la influencia de éste.

–Es falso que mi representada haya firmado contratos estando inhabilitada por la Secretaría de la Función Pública. Desde el 18 de febrero de 2010, al Órgano Interno de Control de Pemex Refinación le fue notificado el acuerdo del 17 de febrero de 2010, dictado dentro del juicio de amparo número I-5/2010, por virtud del cual el Juzgado Décimo Sexto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal informó que surtía efectos la suspensión definitiva que fue otorgada por dicho órgano judicial a favor de mi representada, ADT Petroservicios, S.A. de C.V. Respecto de los efectos y consecuencias derivados de la circular OIC/AR/PXR/016/09, del 16 de diciembre del 2009 –publicada el 4 de enero de 2010 en el Diario Oficial de la Federación–, así como de los efectos de la inscripción y publicación de la sanción en la página web de la Secretaría de la Función Pública, también le fue concedida la suspensión definitiva a fin de que se le permita presentar propuestas y, en su caso, celebrar contratos de obras públicas con las dependencias, la Procuraduría General de la República, entidades de la administración pública federal y entidades federativas.

–En la circular número OIC/AR/PXR/I-01/11, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de 2011, fue comunicado a las dependencias, la Procuraduría General de la República, entidades de la administración pública federal y entidades federativas que el Décimo Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito en el Distrito Federal ampara y protege a mi representada, ADT Petroservicios, S.A. de C.V., en contra de la emisión y ejecución de las sanciones impuestas en la resolución de  fecha 16 de diciembre de 2009, dictada por el Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en Pemex Refinación.

En estos términos, a la firma de los contratos mi representada no se encontraba inhabilitada por la Secretaría de la Función Pública. De ahí que los adjetivos contenidos en la nota son desvirtuados con las determinaciones judiciales mencionadas.

No omito mencionar que el reportero en ningún momento acudió a las fuentes directas y basó su nota en “fuentes” ocultas en el anonimato, lo que resta veracidad a la información en un espacio tan valioso como las páginas de Proceso, que deberían ser empleadas para abordar temas de trascendencia y no para publicar textos como el mencionado, que tiene el claro objetivo de lastimar a mi representada ante la opinión pública.
Atentamente

Licenciado Francisco Silva Ramos

Apoderado legal de ADT

Petroservicios, S.A. DE C.V.
Respuesta del reportero

 

Señor director:

 

Las afirmaciones sobre el presunto tráfico de influencias del que se vale la empresa ADT Petroservicios para obtener contratos en Pemex no fueron hechas por este reportero: provienen de las denuncias escritas de diversas fuentes, previamente identificadas, que obtuvo este semanario y cuyos signatarios sólo pidieron la reserva de sus nombres por el temor a represalias.

En uno de los documentos se asienta lo que el apoderado legal de ADT Petroservicios niega: que dicha empresa obtuvo contratos en Pemex mediante las influencias que ejerce dentro de la paraestatal el empresario Juan Manuel Morales Galicia, quien, señalan, suele utilizar su relación con el expresidente Vicente Fox para abrir puertas en Petróleos Mexicanos.

La denuncia dice textualmente: “Dentro de los beneficiados de esta red de influencias se encuentra, por ejemplo, la empresa ADT Petroservicios, S.A. de C.V., que, apoyada por la gestión de Manuel Morales, ha logrado en el último mes obtener la adjudicación de las licitaciones 18575008-544-11 (69 millones), 18575008-536-11 (74 millones) y la 18575008-532-11 por un monto superior a los 70 millones de pesos”.

Asimismo, cuestiona: “¿Cómo es posible que con el historial que tiene esta empresa (ADT Petroservicios), la subsidiaria le otorgue estos contratos? Esto sólo puede ocurrir con la complacencia del subdirector de la zona norte Juan Arturo Hernández Carrera y de su secretario particular, Orlando Secopiori”.

Respecto a la inhabilitación de la empresa, ADT Petroservicios fue en efecto inhabilitada por la Secretaría de la Función Pública, y aunque su apoderado legal dice que ya no lo está, los documentos en poder de Proceso también refieren que la empresa nunca fue relegada de Pemex y prestó servicios a ésta valiéndose precisamente de “sus buenas relaciones” dentro de Petróleos Mexicanos.

Atentamente
Ricardo Ravelo